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Fortalecimiento de castigos a quien dilate cumplimiento de un fallo de tutela en salud

en Comunicados de prensa
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El Representante a la Cámara por la Alianza Verde - Cauca, Oscar Ospina Quintero, presentó ante el Congreso de la República un proyecto de ley que busca adicionar al Código Penal y endurecer las penas por el delito de Fraude a Resolución Judicial, cuando   los fallos de  tutela en los cuales se ampare el derecho fundamental a la salud no sean cumplidos en el término establecido por el Juez. Lo anterior busca que no se dilaten los procedimientos médicos solicitados por los pacientes, quienes tienen que acudir a éste mecanismo judicial para reclamar sus derechos. Igualmente esto conllevará a disminuir el uso del incidente de desacato, lo que se traduciría en una descongestión o menos carga judicial. 

Sin duda, esta intención del Representante Oscar Ospina Quintero, en caso de ser ley favorecerá a los usuarios y pacientes des Sistema de Salud la  en Colombia que recurren a la acción de tutela para hacer valer sus derechos. 

 

El proyecto es el siguiente:

PROYECTO DE LEY  006 DE 2015

"Por medio de la cual se adiciona el artículo 454 de la Ley 599 de 2000, por la cual se expide el Código Penal, que tipifica el delito de fraude a resolución judicial”

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo  1º. Adiciónese el artículo 454 de la Ley 599 de 2000, el cual quedará así:

 Artículo 454. Fraude a resolución judicial. El que por cualquier medio se sustraiga al cumplimiento de obligación impuesta en resolución judicial, incurrirá en prisión de uno (1) a cuatro (4) años y multa de cinco (5) a cincuenta (50) salarios mínimos legales mensuales vigentes.

“La pena se aumentará de una tercera parte a la mitad, para quien se sustraiga del cumplimiento de una obligación, en el término  impuesto en un fallo de acción de tutela, cuya protección sea el derecho fundamental a la salud del accionante, independientemente que  se dé su cumplimiento posterior”.

Artículo  2º. La presente ley regirá a partir de la fecha de su promulgación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. 

OSCAR OSPINA QUINTERO

Representante a la Cámara

Alianza Verde Cauca

Prensa Oscar Ospina Quintero.

 

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